a) La inocencia y la libertad ambulatoria. b) La defensa en juicio e imparcialidad. c) La igualdad ante la ley y principio de legalidad. d) La doble punición. e) La inmediación.f) Retribución penal. g) Razonabilidad. h) Doble conforme
PRISIÓN PREVENTIVA. Medida cautelar "excepcional". Principio de inocencia. Art. 18 de la Constitución Nacional. INCIDENTE DE EXENCIÓN DE PRISIÓN. Procedencia. Ausencia de "peligro de frustración del proceso". Art. 316 del Código Procesal Penal de la Nación Interpretación iure et de iure. Inconstitucionalidad C. 21.143 - "Barbará, Rodrigo Ruy s/exención de prisión" - CNCRIM. Y CORREC. DE LA CAPITAL FEDERAL - Sala I - 10/11/2003.